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Artículo 14 de la Ley 10.986 · Refunde las leyes que señala sobre continuidad de la prevision

Refunde las leyes que señala sobre continuidad de la prevision

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26505 / 7173474.

Texto oficial

Artículo 14. Deróganse todas las disposiciones generales o especiales que contienen normas sobre traspaso de fondos o imposiciones de una a otra Caja de Previsión.