Texto oficial
Artículo 36º.- Las Facultades son organismos académicos
encargados de la realización de una tarea permanente en una
o más áreas del conocimiento, para lo cual desarrollan
integradamente la docencia, la investigación, la creación,
la extensión y la prestación de servicios en el campo que
les es propio, de conformidad a la ley.
A la Facultad le corresponde elaborar y coordinar políticas
específicas de desarrollo para las unidades académicas que
la integran y organizar, dirigir y fomentar el quehacer
multi e interdisciplinario y profesional, estableciendo las
relaciones y actividades que convengan a estos fines.
Serán dirigidas por un Decano y contarán con un Consejo de
Facultad.
El Decano deberá ser Profesor Titular y será elegido por
los académicos de la Facultad en la forma que fije el
Reglamento General de Elecciones y Consultas.
Durará cuatro años en el ejercicio de sus funciones,
pudiendo ser elegido por un segundo período consecutivo.
Al Consejo de Facultad, presidido por el Decano, le
corresponderá definir las políticas de desarrollo
académico e institucional en el contexto de los
lineamientos y estrategias emanados del Senado
Universitario. Además del Decano, lo integrarán los
Directores de los Departamentos, Escuelas, Institutos de
Facultad y Centros de carácter permanente, y académicos,
estudiantes y personal de colaboración, elegidos por sus
respectivos pares, de acuerdo al reglamento dictado en
virtud de la letra a) del artículo 25, quienes durarán dos
años en sus funciones. Además, asistirán al Consejo, con
derecho a voz, representantes de las organizaciones
gremiales más representativas de académicos, estudiantes y
personal de colaboración, respectivamente, de la
correspondiente facultad, nombrados mediante los
procedimientos que dichas organizaciones acuerden. El
Reglamento General de Elecciones y Consultas establecerá
las demás normas necesarias para la participación de estos
representantes. Además, asistirán al Consejo, con derecho
a voz, los directores de Centros de carácter temporal de la
Facultad y los integrantes del Senado Universitario,
conforme a Reglamento.