Texto oficial
Artículo 38°.- Un Reglamento de funcionamiento del Consejo
de Facultad fijará sus funciones y atribuciones debiendo
considerar necesariamente las siguientes:
a. Proponer al Rector, a través del Decano, los planes de
Estudio de la Facultad, con su respectiva reglamentación;
b. Proponer al Rector, a través del Decano, el
nombramiento de los Profesores de la Facultad, conforme a
reglamentación; y,
c. Proponer al Rector, a través del Decano, todas las
iniciativas que estime de utilidad para la Facultad.