Texto oficial
Artículo 40º.- Las Facultades podrán estar constituidas
por Departamentos, Escuelas, Institutos o Centros, sin
perjuicio que las Escuelas podrán depender de la Rectoría,
directamente o a través de uno de sus institutos.
Las funciones de estos organismos se determinarán en el
Reglamento respectivo. Los Departamentos son unidades
académicas básicas, pertenecientes a una Facultad, que
generan, desarrollan y comunican el conocimiento
científico, intelectual o artístico, en el ámbito de una
disciplina.
Los Institutos son unidades Académicas que generan,
desarrollan, comunican y transfieren el conocimiento o
prestan servicios en conformidad a la ley en un tema o área
temática multi o interdisciplinaria, que participan en el
desempeño de las funciones universitarias y, en particular,
en la docencia requerida por las Escuelas. Dependerán de
una Facultad; excepcionalmente podrán existir Institutos
dependientes de Rectoría.
Los Centros son unidades universitarias, temporales o
permanentes, que cumplen tareas académicas, de
investigación y de extensión en ámbitos específicos o
estratégicos y podrán prestar servicios en áreas de su
competencia en conformidad a la ley. Se constituirán por
acuerdo del Consejo Universitario, a propuesta de una
Facultad o del Rector.
Las Escuelas son unidades académicas que organizan,
administran e imparten los estudios conducentes a la
obtención de grados académicos y títulos profesionales.
Constituyen los órganos de adscripción de los estudiantes.
Deberán propiciar medidas que conduzcan al
perfeccionamiento de sus docentes, a la renovación
permanente de los planes y programas de estudio a su cargo y
al bienestar de sus estudiantes mediante acciones que no
tengan el carácter de prestaciones de seguridad social.
En el caso de las Escuelas, existirá un Consejo que
colaborará con el Director y estará integrado, según el
reglamento señalado en el inciso primero del artículo 44,
por académicos que participen en el desarrollo del plan de
estudios de pregrado o programas de postgrado y por
representantes de los estudiantes adscritos a la respectiva
Escuela.