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Artículo 7 de la Ley 11.120 · Transfiere a la municipalidad de casablanca la propiedad fiscal que indica

Transfiere a la municipalidad de casablanca la propiedad fiscal que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26552 / 8845133.

Texto oficial

Artículo 7° La calificación de las solicitudes será hecha por la Municipalidad de Casablanca, por acuerdo adoptado por el voto conforme de los dos tercios de los regidores en ejercicio.