Texto oficial
Art. 4.o Redúcense en un 30 por ciento las expensas de establecimiento que, hasta el 31 de Diciembre del año en curso, correspondan a los funcionarios del Servicio Diplomático y Consular y déjanse sin efecto hasta esa misma fechas las disposiciones del decreto con fuerza de ley número 252, artículo 18, en lo que se refieren a gratificaciones por exceso de equipajes, y las relacionadas con igual materia del Estatuto Orgánico del Servicio Diplomático.