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Artículo 10 de la Ley 11.170 · Fija el texto refundido de la ley de reclutamiento

Fija el texto refundido de la ley de reclutamiento

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26576 / 8279270.

Texto oficial

Art. 10.o Las resoluciones que dicte la Dirección de Reclutamiento, en las solicitudes de los ciudadanos afectos a esta ley, serán apelables ante el Ministerio de Defensa Nacional, que resolverá sin ulterior recurso, oyendo al Auditor General de Guerra.