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Artículo 63 de la Ley 11.170 · Fija el texto refundido de la ley de reclutamiento

Fija el texto refundido de la ley de reclutamiento

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26576 / 8279333.

Texto oficial

Art. 63.o Los ciudadanos que no se reinscribieren en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.o, serán castigados con multa proporcionada a sus haberes, que no baje de diez ni suba de quinientos pesos.