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Artículo 8 de la Ley 11.183 · Introduce las modificaciones que indica en el código de procedimiento civil

Introduce las modificaciones que indica en el código de procedimiento civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26581 / 7173534.

Texto oficial

Artículo 8.o.- Elévanse al grado de Oficial Tercero de la Corte de Apelaciones de Santiago, seis plazas de Oficiales Cuartos del mismo Tribunal.