Texto oficial
Artículo 9.o.- Destínase la suma de $ 3.000.000 para arrendamiento de locales para los Juzgados de Letras que se crean por la presente ley y para muebles y útiles de escritorios de los mismos.
Introduce las modificaciones que indica en el código de procedimiento civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26581 / 7173535.