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Artículo 170 de la Ley 11.256

Fija el texto refundido de las disposiciones vigentes sobre la ley de alcoholes y bebidas alcoholicas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26623 / 9043676.

Texto oficial

Art. 170. Los abogados y empleados a que se refiere el artículo anterior tendrán el carácter de empleados públicos para todos los efectos legales, reconociéndoseles esta calidad desde su ingreso al servicio.