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Artículo 48 de la Ley 11.469

Fija el texto refundido de la ley sobre estatuto de los empleados municipales de la república

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26657 / 8846380.

Texto oficial

Artículo 48. Los empleados que hubieren salido de la administración municipal por supresión o fusión de empleos podrán ser reincorporados en un cargo de grado igual o inferior al que desempeñaban, siempre que hubiere vacantes y reúnan las condiciones exigidas por esta ley.