Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 11.482 · Modifica la ley n° 10,986, en la forma que indica

Modifica la ley n° 10,986, en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26664 / 8820500.

Texto oficial

Artículo 2°. Se declara que los Departamentos de Previsión de las ex Cajas de Crédito Hipotecario y de Crédito Agrario son organismos auxiliares de previsión para los efectos del inciso final del artículo 1° de la ley N° 10,986.