Texto oficial
Artículo 2° El producto de estos impuestos se aportará semestralmente como erogación particular, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 28 de la ley N° 4,851.
Destina los recursos que indica para la rectificacion y estabilizacion del camino que una a algarrobo con la comuna de casablanca y empalme con el camino de valparaiso a santiago
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26682 / 7173619.