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Artículo 4 de la Ley 11.508

Crea un impuesto adicional por litro de bencina que se expenda en el pais y un impuesto adicional sobre el avaluo de la propiedad raiz

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26685 / 8821761.

Texto oficial

Artículo 4.o Una vez efectuadas las obras a que se refiere el artículo anterior, el rendimiento de los impuestos establecidos será invertido en la construcción y pavimentación de los caminos transversales que entroncan con el camino longitudinal