Saltar al contenido

Artículo 9 de la Ley 11.524

Autoriza a la municipalidad de corral para contratar uno o mas prestamos que produzcan hasta la cantidad que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26697 / 8279505.

Texto oficial

Artículo 9° Declárase de utilidad pública y autorízase a la Municipalidad de Corral para expropiar la propiedad de la Compañía Electro Siderúrgica e Industrial de Valdivia, actualmente administrada por la Compañía de Acero del Pacífico, situada en la calle Maipú y enrolada con el N° 179 del rol de avalúo por la cantidad de $ 35.000 cuyos deslindes son: Norte, calle Maipú; Oriente, calle Arica; Poniente, propiedad de la Sucesión Juan España Cárcamo y Juan Lavado Leal; Sur, propiedad de la Municipalidad de Corral. El predio antes individualizado será destinado por la Municipalidad a la construcción del Mercado Municipal. La expropiación se llevará a cabo con arreglo a las disposiciones establecidas en el Título XV del Libro IV del Código de Procedimiento Civil.