Saltar al contenido

Artículo 61 de la Ley 11.575

Introduce modificaciones a la ley sobre impuesto a la renta, contenidas en el d. s. n.° 2.106 de 15 de marzo del presente año:

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26714 / 7173717.

Texto oficial

Artículo 61.- Autorízase al Presidente de la República para emitir bonos de la Deuda Interna hasta por la suma de $ 3.500 millones que ganarán un interés del 10% anual con una amortización calculada para extinguir estos bonos en un plazo no superior a diez años. Estos bonos podrán ser recibidos por la Caja de Previsión por una cantidad que no sea inferior al 84% de su valor nominal, en pago, o en parte de pago de los aportes y deudas del Fisco. Los títulos que se emitan de acuerdo con este artículo estarán exentos de toda clase de impuestos y contribuciones.