Texto oficial
Artículo 74.- Se faculta al Presidente de la República para dictar textos refundidos de las distintas leyes tributarias, las que llevarán números de ley".
Introduce modificaciones a la ley sobre impuesto a la renta, contenidas en el d. s. n.° 2.106 de 15 de marzo del presente año:
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26714 / 7173730.