Texto oficial
Artículo 15° Reemplázase el N° 2° del artículo 48
del decreto con fuerza de ley 209, de 5 de agosto de 1953,
por el siguiente:
"2° ) Ser hijo varón mayor de 21 años de edad, salvo
el caso de invalidez o incapacidad absoluta".
Modifica la ley número 9,647, de 12 de agosto de 1950, y encasilla al personal de la defensa nacional y del cuerpo de carabineros de chile.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26717 / 9043761.