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Artículo 15 de la Ley 11.595

Modifica la ley número 9,647, de 12 de agosto de 1950, y encasilla al personal de la defensa nacional y del cuerpo de carabineros de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26717 / 9043761.

Texto oficial

Artículo 15° Reemplázase el N° 2° del artículo 48 del decreto con fuerza de ley 209, de 5 de agosto de 1953, por el siguiente: "2° ) Ser hijo varón mayor de 21 años de edad, salvo el caso de invalidez o incapacidad absoluta".