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Artículo 28 de la Ley 11.595

Modifica la ley número 9,647, de 12 de agosto de 1950, y encasilla al personal de la defensa nacional y del cuerpo de carabineros de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26717 / 9043774.

Texto oficial

Artículo 28° Derógase el artículo 12° de la ley 7.872. Deróganse los artículos 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 21°, 22° y 26° de la ley 9.963, de 7 de febrero de 1952. Deróganse los artículos 47° y 48° de la ley 10.343, de 28 de mayo de 1952.