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Artículo 36 de la Ley 11.595

Modifica la ley número 9,647, de 12 de agosto de 1950, y encasilla al personal de la defensa nacional y del cuerpo de carabineros de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26717 / 9043782.

Texto oficial

Artículo 36° El personal de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Carabineros que haya sido llamado a retiro por resolución de las Juntas Calificadoras de Méritos, tendrá derecho a que se modifique el decreto respectivo cuando la resolución de retiro haya sido declarada ilegal por la Contraloría General de la República. La nueva cédula de retiro comprenderá los beneficios que le habrían correspondido a no mediar la resolución declarada ilegal.