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Artículo 1 transitorio de la Ley 11.595

Modifica la ley número 9,647, de 12 de agosto de 1950, y encasilla al personal de la defensa nacional y del cuerpo de carabineros de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26717 / 9043783.

Texto oficial

Artículo 1° El personal en actividad o en retiro o las personas que gocen de montepío, que a la fecha de la promulgación de esta ley estuvieren gozando de una remuneración superior a la que ella fija, continuarán percibiendo. La diferencia que resultare se pagará en planillas suplementarias.