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Artículo 6 transitorio de la Ley 11.595

Modifica la ley número 9,647, de 12 de agosto de 1950, y encasilla al personal de la defensa nacional y del cuerpo de carabineros de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26717 / 9043788.

Texto oficial

Artículo 6° Los Tenientes de Transportes, Tenientes 2os, de Mar y Tenientes 2os Auxiliares y grados equivalentes de las Fuerzas de la Defensa Nacional, en retiro, serán encasillados en el grado 1° del Estatuto Administrativo.