Texto oficial
Artículo 28.o Se deroga la ley N.o 6,844, de 4 de Mayo de 1941, modificada por la ley N.o 7,747, de 24 de Diciembre de 1943, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5.o transitorio de la presente ley.
Reglamenta el arrendamiento de inmuebles por casas o departamentos, piezas, secciones o locales y fija la renta maxima que se podra cobrar por dichos arrendamientos
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