Saltar al contenido

Artículo 4 de la Ley 11.653

Autoriza a la municipalidad de rio negro para contratar directamente con el banco del estado de chile u otras instituciones de credito un prestamo que produzca hasta la cantidad de $ 2.500.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26745 / 8279614.

Texto oficial

Artículo 4°.- Si alguna de las sumas indicadas en el artículo anterior no fuere invertida en la respectiva obra que se señala, será destinada a la ejecución de cualquiera de las otras obras, por acuerdo especial de la Municipalidad adoptado en sesión citada para este solo efecto.