Texto oficial
Artículo 72.o Cuando se tratare de negocios que no hubieren sido antes clasificados, podrá el Alcalde hacer una clasificación provisional de ellos, mientras se procede a su clasificación definitiva.
Fija texto refundido de la ley de rentas municipales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26765 / 8853878.