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Artículo 5 de la Ley 20.229

Otorga facultades para la creación del servicio de salud chiloé, ordena el traspaso del hospital hanga roa al servicio de salud metropolitano oriente y modifica las leyes de planta que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 267702 / 7360449.

Texto oficial

Artículo 5°.- El nuevo Servicio de Salud entrará en funciones el primer día del mes siguiente a la publicación en el Diario Oficial del decreto con fuerza de ley que lo cree. En la misma fecha entrará en vigor el artículo 3º de esta ley.