Texto oficial
Artículo 4°.- Sin perjuicio de la distribución anterior, en el Valparaíso Sporting Club el porcentaje de la letra b) del artículo 2° será del 0,38 % suprimiéndose para ese Hipódromo el que se contempla en la letra d) del mismo artículo y el de la letra e) será del 0,36 % suprimiéndose para dicho Hipódromo el de la letra f).