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Artículo 24 de la Ley 11.764 · Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26782 / 9043905.

Texto oficial

Artículo 24.° Concédese una subvención extraordinaria, por una sola vez, de $ 10.690.000, al Consejo General del Colegio de Abogados, para el mantenimiento y desarrollo del Servicio de Asistencia Judicial de su inmediata dependencia, la atención de sus demás necesidades y, especialmente, para mejorar las actuales remuneraciones de su personal durante el presente año, debiendo invertir $ 8.000.000 en estos fines y distribuir el resto, con el mismo objeto, entre los Consejos Provinciales en la forma indicada en el inciso 2.° del artículo 33.° de la ley 6.417.