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Artículo 58 de la Ley 11.764 · Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26782 / 9043939.

Texto oficial

Artículo 58.° Para fijar el porcentaje del reajuste se considerará como período anual el lapso comprendido desde el 1.° de agosto del año inmediatamente anterior al 31 de julio del año en que se practiquen los cálculos respectivos para el año siguiente.