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Artículo 95 de la Ley 11.764 · Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26782 / 9043976.

Texto oficial

Artículo 95.° Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente ley, el personal del Servicio de Gobierno Interior, tendrá un aumento de un grado o categoría, el comprendido entre el grado 6.° y superiores y de dos grados el comprendido entre el grado 8.° e inferiores.