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Artículo 96 de la Ley 11.764 · Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26782 / 9043977.

Texto oficial

Artículo 96.° Fíjase la siguiente planta de la Dirección del Presupuesto y Finanzas del Ministerio de Hacienda: ======================================================= Categoría N.° de o grado Designación empleados ------------------------------------------------------- 2.a Cat. Director.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. 1 4.a Cat. Subdirector (1); Jefe de Inspección (1) . .. .. .. .. .. .. .. 2 5.a Cat. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 20 6.a Cat. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 25 7.a Cat. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 30 1.° Gr. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 40 2.° Gr. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 45 3.° Gr. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 50 4.° Gr. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 55 5.° Gr. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 60 6.° Gr. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 55 7.° Gr. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 53 8.° Gr. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 47 9.° Gr. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 42 10.° Gr. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 37 11.° Gr. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 32 12.° Gr. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 27 13.° Gr. Oficiales del Presupuesto .. .. .. .. 24 11.° Gr. Portero-Mayordomo.. .. .. .. .. .. .. 1 14.° Gr. Portero .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. 1 ---- 647 Los cargos consultados en esta planta, serán proveídos cualquiera que sea su categoría o grado, por el personal en actual servicio, y su ubicación se hará correlativamente, considerando el escalafón de antigüedad hasta completar cada categoría y, si en alguno de ellos no existiere el número suficiente de funcionarios, se continuará con los de la categoría o grado siguiente.