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Artículo 121 de la Ley 11.764 · Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26782 / 9044002.

Texto oficial

Artículo 121.° Los profesionales funcionarios de las Municipalidades que entren a gozar de la asignación establecida en el artículo anterior, dejarán de percibir la asignación de técnico a que se refiere el artículo 27° de la ley 11.469, sobre Estatuto de Empleados Municipales.