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Artículo 129 de la Ley 11.764 · Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26782 / 9044010.

Texto oficial

Artículo 129.° Sin perjuicio de lo dispuesto de la presente ley, auméntanse en un grado o categoría los sueldos del personal de la Dirección General de Aprovisionamiento del Estado.