Saltar al contenido

Artículo 7 de la Ley 11.766 · Crea el fondo para la construccion y dotacion de establecimiento de la educacion publica.

Crea el fondo para la construccion y dotacion de establecimiento de la educacion publica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26784 / 9044032.

Texto oficial

Artículo 7° Los dineros de la cuenta a que se refiere el artículo anterior no pasarán a Rentas Generales de la Nación al término de cada ejercicio financiero anual.