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Artículo 19 de la Ley 20.235

Regula la figura de las personas competentes y crea la comisión calificadora de competencias de recursos y reservas mineras

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 267933 / 8655338.

Texto oficial

Artículo 19.- Deber de proporcionar información transparente. Las Personas Competentes en Recursos y Reservas Mineras, en el cumplimiento de las funciones descritas en esta ley, estarán obligadas a proporcionar, en forma transparente y no ambigua, toda la información necesaria para poder tomar decisiones de inversión en proyectos de esta naturaleza. En consecuencia, serán inoponibles ante terceros todo tipo de contratos, cláusulas u otro acto o acuerdo de confidencialidad suscritos por las Personas Competentes en Recursos y Reservas Mineras, que limiten o restrinjan de alguna manera la entrega completa, veraz y oportuna de la información antes señalada.