Texto oficial
Artículo 28. En el Plan de Operación del proyecto deberán incluirse, al menos, los siguientes antecedentes:
a) Sistema de control y registro de ingreso de residuos, distinguiendo tipo, cantidad y origen;
b) Programa de avance mensual;
c) Método de compactación y cubrimiento diario de las basuras;
d) Medidas de prevención y de control de olores;
e) Medidas de prevención y de control de aves;
f) Medidas de prevención y/o mitigación de emisión de material particulado.
En todo momento, la operación del Relleno Sanitario deberá ajustarse al Plan de Operación aprobado en el respectivo proyecto.