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Artículo 4 transitorio del Decreto 399

Fija para el personal de la defensa nacional las remuneraciones asignadas a las categorias y grados de la administración civil del estado, de acuerdo con la equivalencia que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26830 / 9090274.

Texto oficial

Ley 11,595 Artículo 4.o El derecho a disfrutar Art. 4.o del 25 % de aumento a que se refiere el transitorio inciso final del artículo 9.o de la presente ley, se otorgará también a favor del Oficial de la Rama Auxiliar a que se refiere el decreto supremo (Aviación) N.o 267, de 7 de Mayo de 1948.