Texto oficial
Artículo 26.o En el Presupuesto de Gastos de la Nación correspondiente al año 1956 adelante, deberá consultarse una partida para obras públicas que se financiará con cargo a la participación fiscal en la industria del cobre, en la forma que se indica:
Un 5% en el año 1956;
Un 10% en el año 1957;
Un 15% en el año 1958;
Un 20% en el año 1959, y Un 30% en el año 1960, adelante.
Estos porcentajes se distribuirán en la siguiente forma:
Camino de Santiago a Arica, construcción y pavimentación, 30%;
Camino longitudinal sur, construcción y pavimentación, 30%.
Obras de regadío de Aconcagua al Norte, 30%.
Obras de regadío de Aconcagua al Sur, 10%.