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Artículo 18 de la Ley 20.240

Perfecciona el sistema de incentivos al desempeño de los fiscales y de los funcionarios del ministerio público

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 268531 / 8132894.

Texto oficial

Artículo 18.- El componente variable del bono por desempeño individual se pagará en el mes de marzo del año siguiente a la evaluación respectiva a quienes se encuentren en servicio a la fecha del pago, y se determinará aplicando el porcentaje señalado en el literal b) del artículo 16 sobre el total de la remuneración bruta anual de carácter permanente correspondiente a los fiscales y funcionarios del Ministerio Público, percibidas durante el año inmediatamente anterior a su pago.