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Artículo 10 de la Ley 11.867

Consulta fondos para construir y reparar edificios de;los servicios de correos y telegrafos y aumenta sueldos del personal de esos servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26873 / 8533264.

Texto oficial

Artículo 10 El Ministerio de Obras Públicas tendrá a su cargo la proyección y la ejecución de las obras a que se refiere la presente ley, oyendo a la Dirección General de Correos y Telégrafos.