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Artículo 12 de la Ley 11.867

Consulta fondos para construir y reparar edificios de;los servicios de correos y telegrafos y aumenta sueldos del personal de esos servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26873 / 8533266.

Texto oficial

Artículo 12 Autorízase al Presidente de la República para enajenar en subasta pública los terrenos y edificios de propiedad fiscal que ocupan actualmente los Servicios del Correo Central, Telégrafo del Estado y Dirección General de los mismos, en la ciudad de Santiago, y para proceder en igual forma respecto de los terrenos y edificios fiscales ocupados por las oficinas de Correos y Telégrafos en las demás ciudades y pueblos del territorio. Esta autorización regirá para el caso de ventas directas, siempre que ellas se efectúen a organismos semifiscales. Los fondos que se obtengan de estas enajenaciones, como asimismo los provenientes de demolición de edificios, incrementarán la cuenta especial establecida en el artículo 4º.