Texto oficial
Artículo 2°.- Introdúcense al artículo 3° de la ley N° 9,610, las siguientes modificaciones:
1° Reemplázase la frase "Durante el plazo de cinco años" por esta obra "Durante el plazo de diez años".
2° Substitúyense las palabras "medio por ciento" por "uno por ciento".