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Artículo 2 de la Ley 11.873 · Modifica las leyes 9,976, 9,610 y 9,545

Modifica las leyes 9,976, 9,610 y 9,545

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26879 / 7174026.

Texto oficial

Artículo 2°.- Introdúcense al artículo 3° de la ley N° 9,610, las siguientes modificaciones: 1° Reemplázase la frase "Durante el plazo de cinco años" por esta obra "Durante el plazo de diez años". 2° Substitúyense las palabras "medio por ciento" por "uno por ciento".