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Artículo 10 del Decreto 5469

Reglamenta el sistema de depositos francos para los aeropuertos internacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 268854 / 7362842.

Texto oficial

Artículo 10. Las Empresas Aéreas interesadas presentarán, antes de la llegada de su avión, una solicitud en duplicado (modelo N.o 4), señalando las mercaderías que necesitarán embarcar para la atención de sus pasajeros y tripulantes. Deberá indicar, asimismo, el número y fecha de Manifiesto, Guía Aérea, número de la fecha y tarjeta, cantidad y especificación de las mercaderías, cantidad de pasajeros y tripulantes y destino del avión.