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Artículo 16 de la Ley 20.248 · Establece ley de subvención escolar preferencial

Establece ley de subvención escolar preferencial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269001 / 8021299.

Texto oficial

Artículo 16.- Créase una subvención denominada subvención por concentración de alumnos prioritarios. La subvención por concentración de alumnos prioritarios tendrá el siguiente valor unitario mensual por alumno, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), según los tramos que se fijan de acuerdo al porcentaje de alumnos prioritarios del establecimiento: Tendrán derecho a la subvención por concentración de alumnos prioritarios los establecimientos que se incorporen y se mantengan en el régimen de educación preferencial, de conformidad a lo establecido en el artículo 7º. Los sostenedores de los establecimientos señalados en el inciso anterior podrán impetrar la subvención por concentración de alumnos prioritarios por todos los alumnos que estén cursando el primer y segundo nivel de transición de la educación parvularia, educación general básica y enseñanza media del establecimiento. El monto mensual de esta subvención, para cada establecimiento educacional, se determinará multiplicando el valor que corresponda, según los tramos que se señalan en el inciso segundo, por la asistencia media promedio de los alumnos de primer y segundo nivel de transición de parvularia, educación general básica y enseñanza media durante los tres meses precedentes al pago, siéndoles aplicables, en los casos que corresponda, las normas establecidas en los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 13 del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación. Para determinar el porcentaje de alumnos prioritarios del establecimiento educacional a que se refiere el inciso segundo del presente artículo, el Ministerio de Educación considerará el promedio de la matrícula de los alumnos prioritarios de los niveles incorporados a la percepción de la subvención escolar preferencial en relación al promedio de la matrícula de los alumnos de los niveles incorporados a la percepción de la subvención escolar preferencial, ambas registradas en el establecimiento de marzo a diciembre del año inmediatamente anterior.