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Artículo 38 de la Ley 20.248 · Establece ley de subvención escolar preferencial

Establece ley de subvención escolar preferencial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269001 / 8021328.

Texto oficial

Artículo 38.- Modifícase el artículo 72 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1997, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº19.070, que aprueba el Estatuto de los Profesionales de la Educación, en el siguiente sentido: 1) Elimínase, en la letra b), la frase .o incumplimiento grave de las obligaciones que impone su función.. 2) Introdúcese la siguiente letra c), nueva, pasando la actual a ser d), y así sucesivamente: .c) Por incumplimiento grave de las obligaciones que impone su función, tales como la no concurrencia del docente a sus labores en forma reiterada, impuntualidades reiteradas del docente, incumplimiento de sus obligaciones docentes conforme a los planes y programas de estudio que debe impartir, abandono injustificado del aula de clases o delegación de su trabajo profesional en otras personas...