Texto oficial
Artículo 4.o Si alguna de las obras señaladas en el
artículo anterior dejare fondos sobrantes, éstos se
invertirán en la otra hasta enterar el total del producto
del empréstito, y una vez que todas se encuentren
terminadas, si aun hubiere saldo, éste se invertirá en
nuevas obras que indique la Municipalidad de sesión
extraordinaria citada especialmente con este objeto, con el
voto conforme de los dos tercios de sus regidores en
ejercicio.