Saltar al contenido

Artículo 12 de la Ley 11.986

Fija escala de sueldos para los miembros de los tribunales ordinarios de justicia y especiales del trabajo y de menores y sus respectivos oficiales subalternos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26950 / 8744517.

Texto oficial

Artículo 12° Auméntase a cuatro horas diarias el trabajo de los dentistas de la Cárcel Pública de Santiago.