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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 232

Ordena tener como texto definitivo el dfl. que señala, orgánico del servicio medico nacional de empleados

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269642 / 8434968.

Texto oficial

Artículo 4.o El cumplimiento de las obligaciones que la ley N.o 6,174 y todas las disposiciones legales en vigor imponen a las instituciones y organismos auxiliares que se mencionan en el presente decreto, en cuanto se refiere a medicina preventiva y curativa, corresponderá al Servicio Médico Nacional de Empleados.