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Artículo CUADRAGESIMO OCTAVO transitorio de la Ley 20.255 · Establece reforma previsional

Establece reforma previsional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269892 / 8655560.

Texto oficial

Artículo cuadragésimo octavo.- Lo dispuesto en el inciso segundo del artículo precedente no regirá para los órganos del Estado.